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Notas para una ética de la Educación corporal



 

RESULTADO DE INVESTIGACIÓN: investigación llevada a cabo en el marco del Programa de Incentivos a los docentes-investigadores, denominado “Metodología de la investigación: una propuesta de formalización y transmisión”.

 

El objetivo de este trabajo es presentar algunas consideraciones preliminares en torno de una ética de la Educación Corporal, con el propósito de pensar las consecuencias que tiene para la educación del cuerpo inscribir a éste [último] en una doctrina de lo simbólico/en el orden simbólico. Tales conclusiones son el resultado parcial de una investigación llevada a cabo en el marco del programa de incentivos a los docentes-investigadores, denominado “Metodología de la investigación: una propuesta de formalización y transmisión”.


Durante los primeros desarrollos del proyecto se avanzó de manera sustantiva en la formalización del objeto de la Educación Corporal. En esta etapa, el trabajo sobre la [propuestas de] trasmisión exige pensar en una ética que acompañe el proyecto, a la vez teórico y político, de pensar el cuerpo como algo construido en las prácticas. A los fines de este trabajo es preciso exponer, aunque sea sintéticamente, los núcleos conceptuales que fundan nuestra perspectiva de análisis. Antes que nada, se hace necesario precisar qué entendemos por cuerpo y qué por prácticas corporales, ya que estos conceptos, junto con el de enseñanza, serán el objeto de nuestras consideraciones éticas.


Para ello tomaremos como principales referencias, el texto de Ricardo Crisorio “Educación corporal”, aún inédito, y el artículo de Carolina Escudero “Agente, subjetivación y educación corporal: reflexiones metodológicas”. El cuerpo se construye en las prácticas simbólicas, a partir de su inclusión en el orden simbólico a través del lenguaje. En nuestro concepto, el lenguaje no es un sistema de representación, ni un medio de comunicación, sino una práctica. En este sentido, el lenguaje es capaz de hacer cosas y producir efectos de verdad.


El cuerpo que creemos propio es un regalo del lenguaje (Lacan, 1993 p. 18). No es, entonces, una representación (ficción, espejo o ideal de algo que no es), ya que esto supone algo que es naturalmente o socialmente ni un sustrato natural (biológico o físico) cargado de simbolismos por la cultura (a esto nos remite la categoría de corporeidad). El cuerpo es una construcción simbólica dada en el registro de las prácticas sociales y culturales. Pero no por esto carece de materialidad, al contrario, su constitución como objeto evidencia los efectos de verdad que los discursos y las prácticas tienen en el cuerpo y por tanto la efectividad con la que el mismo opera en la realidad social.


En este sentido sostenemos que “En tanto unidad real, sustancial y carente de alteridad, es el producto del discurso occidental respecto de él, igual que en cuanto superficie o volumen cerrados que definen un interior y un exterior” (Crisorio, 2010, cap.3). Por todo esto, para la Educación Corporal, “lejos de pertenecer a la naturaleza, el cuerpo es de la cultura y tiene una historia en la que hay que indagar, no para saber qué o cómo ha sido sino para elaborar un concepto de cuerpo nuevo más que un nuevo concepto de cuerpo” (Crisorio, 2012 inédito),


La categoría de práctica remite a un conjunto de elementos que tienen un conjunto de características definidas por Foucault en términos de una racionalidad o regularidad que organiza la conducta, que las reviste de homogeneidad y que les determina un aspecto tecnológico, de organización y conjugación particular de técnicas. A su vez las prácticas son sistemáticas, suponen el dominio del saber, del poder y de la ética -de la constitución de subjetividad- y generales lo que supone su recurrencia en una configuración histórica determinada. Más específicamente la categoría de práctica corporal “indica las prácticas históricas, por ende políticas, que toman por objeto al cuerpo” y no se considera equivalente de actividades físicas o de movimiento humano.


En este sentido opera como una precisión (o un nivel más de determinación) respecto de la categoría foucaultiana de práctica. Ahora bien, a estos dos elementos se suma la cuestión de la enseñanza hecha en el contexto de una educación corporal, aquí también vale la pena considerar algunos puntos que ayudarán a comprender la posición de la que partimos para plantear la pregunta por la ética.


Por un lado, ponemos en cuestión la idea misma de educación, si por ello se entiende la traducción a una situación determinada de un conocimiento dado como universal que tiene por objeto la incorporación a ese universal del mayor número de casos posibles, en este sentido nos proponemos indagar si ¿hay que enseñar cosas y saberes o hay que enseñar formas de pensar y de aproximarse a las cosas y los saberes? Sobre lo que arriesgamos que hay que enseñar cosas y saberes de modo tal que enseñen formas de pensar y de aproximarse a las cosas y los saberes. Esto supone que el contenido y la forma de enseñar se articulan siempre de manera particular.


Considerando lo anterior cabe destacar, que “la Educación Corporal se distingue así de la Educación Física y de los usos generales que se suelen hacer de la expresión. Pero la distinción no refiere únicamente a las ideas de cuerpo, de sujeto y de sus relaciones, también al carácter de la verdad, de los otros y del sí mismo en el campo de la educación, lo que cambia a su vez el modo de pensar las relaciones entre teoría y práctica, aprendizaje y enseñanza, educador y educando, entre otras.” (Crisorio, 2012 inédito).


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